Las PYMES son el motor de nuestra Economía, y por ello nos distinguimos en facilitar y agilizar al máximo los plazos para la CONSTITUCIÓN de las SOCIEDADES DE CAPITAL para que nuestros clientes, que así lo deseen, puedan comenzar a operar en el tráfico jurídico, de forma inmediata, a través de una persona jurídica, sin por ello dejar de alertarles sobre las responsabilidades de tipo personal en la que pueden llegar a incurrir los administradores de las sociedades si no ejercen el cargo con la debida diligencia y no cumplen con las obligaciones legales que les incumben.   

Hoy en día, para que las sociedades y las empresas puedan ser eficientes, en un mercado tan competitivo como el actual, precisan disponer de un asesoramiento jurídico global.

Asesoramiento no sólo en su relación frente a terceros  (proveedores, clientes, Administración), en cuanto a OBLIGACIONES y CONTRATOS, sino, en muchas ocasiones, a nivel interno, para una ordenada ADMINISTRACIÓN de la sociedad en cuestión (convocatorias de juntas, presentación de cuentas anuales, obligaciones tributarias, modificación de los estatutos sociales, etc.). 

Es más, en no pocas ocasiones, las principales controversias surgen en el seno del órgano de administración de la propia empresa. Como quiera que nuestra experiencia nos dicta que, en tales sobrevenidas e ingratas disputas (entre los socios y administradores), puede estar el germen de la futura desaparición de empresas de notable trayectoria,  circunstancia que, de acontecer, de algún modo, y en tanto que sociedad, nos empobrece un poco a todos, conforme a nuestra habitual forma de proceder en los demás órdenes de actuación profesional,  siempre arbitramos fórmulas de SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL, adaptadas a la problemática societaria al caso, que evite la disolución y desaparición de la sociedad. 

En aquellos casos en que, desgraciadamente, subsiste el litigio, por la absoluta imposibilidad de las partes de aproximar posturas, garantizamos la defensa a ultranza de los intereses de naturaleza MERCANTIL que nos son encomendados en vía civil y mercantil.